Consultar tu Vida Laboral

La Vida Laboral es un informe en el que se recogen todas las situaciones de alta o baja de una persona en el conjunto de los distintos regímenes del sistema de la Seguridad Social. Incluye la información de todas las empresas en las que has trabajado, y también los periodos de paro en que la Seguridad Social ha cotizado por ti.

Es muy fácil consultar esta información. Para ello debes :

        • Acceder a la sección para el ciudadano del sistema de la Seguridad Social (usando un certificado digital o un cl@ve -en la sección de páginas Relacionadas puedes ver cómo-).
        • Entrar en la opción Informe de «Informe de Vida Laboral»

 

En caso de observar alguna incidencia en los datos contenidos en el informe, puede comunicarla accediendo al servicio Solicitud de rectificación informe de vida laboral. Entre las posibles incidencias están la omisión de alguna empresa en la que has trabajado y que ha debido cotizar por ti,  errores en la fecha de alta/baja o en el porcentaje de jornada laboral que has tenido.

Lo primero que te muestra el informe es cuanto tiempo de cotización has acumulado en tu vida laboral (teniendo en cuenta el % si has trabajado alguna vez a jornada parcial)

Si quieres ver el detalle de las cotizaciones, en la sección de Páginas Relacionadas accede a «Bases de Cotización»

Qué información hay en el informe?

RÉGIMEN
Identifica al Régimen en el cual se encuadra el correspondiente periodo. Puede ser alguno de los siguientes: Régimen GENERAL, Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o AUTÓNOMOS, Régimen Especial AGRARIO, Régimen Especial de los trabajadores del MAR, Régimen Especial de la minería del CARBÓN o Régimen Especial de empleados de HOGAR. Dentro del Régimen GENERAL se identifica al colectivo de REPRESENTANTES DE COMERCIO, y al SISTEMA ESPECIAL DE FRUTAS, HORTALIZAS Y CONSERVAS VEGETALES.

EMPRESA
Se muestra el código de cuenta de cotización o número de inscripción del empresario, así como la denominación de la empresa u organismo.

SITUACIÓN ASIMILADA A LA DE ALTA
Situación diferente a la de la prestación de servicios pero que surte efectos
respecto de las prestaciones y contingencias .

FECHA DE ALTA
Fecha de inicio de la prestación de servicios o de la actividad, o fecha de inicio de la situación asimilada a la de alta.

FECHA DE EFECTO DEL ALTA
Fecha a partir de la cual tiene efectos el alta en orden a causar derecho a las prestaciones del sistema de Seguridad Social, salvo para las prestaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo y asistencia sanitaria derivada de enfermedad común, maternidad y accidente no laboral, en las cuales la fecha de efecto
de alta coincide, en cualquier caso, con la fecha de alta.

FECHA DE BAJA
Fecha de cese de la prestación de servicios o de la actividad, o fecha de cese de la situación asimilada a la de alta.

FECHA DE EFECTO DE BAJA
Fecha a partir de la cual se extingue la obligación de cotizar.

CONTRATO DE TRABAJO (C.T.)
Clave que identifica a efectos de la gestión de la Seguridad Social, la modalidad del contrato de trabajo.

C.T.P.-% SOBRE LA JORNADA HABITUAL DE LA EMPRESA
En los contratos de trabajo a tiempo parcial el coeficiente, en tantos por ciento, identifica el porcentaje que, sobre la jornada a tiempo completo establecida en el Convenio Colectivo de aplicación o, en su defecto, sobre la jornada ordinaria máxima legal, realiza o ha realizado el trabajador.

GRUPO DE COTIZACIÓN
Grupo de categorías profesionales en el que se incluye al trabajador.

BASE DE COTIZACIÓN
Base de Cotización por la que se ha optado en el Régimen Especial de los trabajadores por Cuenta propia o Autónomos o en determinados convenios especiales. En situaciones de alta, la Base de Cotización es la que consta en la fecha de emisión del informe.

DIAS EN ALTA
Número de días comprendidos entre la FECHA DE EFECTO DEL ALTA y la FECHA DE BAJA. En situaciones de alta el número de días se computa entre la FECHA DE EFECTO DEL ALTA y la FECHA DE EMISIÓN DEL INFORME.
CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL: Al número resultante de la diferencia entre la FECHA DE EFECTO DEL ALTA y la FECHA DE BAJA se ha aplicado el porcentaje sobre la jornada habitual de la empresa. En el supuesto de que en un período el trabajador haya tenido distintas jornadas de trabajo en cuanto a su duración, en el cálculo de los días se han tenido en cuenta todas ellas.

 

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